Devolución
total o parcial de un crédito antes
de la fecha pactada. Habitualmente se
encuentra sometida a comisión, que varía
según el tipo de interés del préstamo.
Cantidad de
dinero que entrega la parte compradora
al vendedor como garantía de que comprará
la vivienda en un plazo determinado.
Si la operación llega a buen término,
las arras son consideradas como pago
la cuenta.
Persona que
interviene como garante en un préstamo
y que asume las responsabilidades de
pago en caso de que el prestatario no
haga frente a la deuda o a sus intereses.
Limitaciones
al dominio de una finca. Constan en
documento público y se inscriben en
el Registro de Propiedad. Son algunos
ejemplos: las hipotecas, usufructos,
condiciones resolutorias, etc. No todas
suponen derechos económicos y son cancelables
con la extinción del derecho que representan.
Documento
que debe recoger si la finca elegida
es la idónea para el uso que se pretende
dar a la vivienda. Debe elaborarse antes
de la ocupación de una vivienda de nueva
construcción. Es imprescindible para
la obtención de una hipoteca.
Central de
Información de Riesgos del Banco de
España, lugar donde recurren las entidades
financieras, bajo autorización del cliente,
para consultar los niveles de riesgo
y morosidad de los interesados en contratar
un préstamo hipotecario.
Importe que
se paga al formalizar un préstamo, en
contraprestación a los gastos administrativos,
informáticos y de gestión que conlleva
su apertura. Se paga por una sola vez
y suele ser un porcentaje sobre el capital
prestado.
Pago que se
devenga al amortizar anticipadamente
una deuda, para préstamos hipotecarios
normalmente es un 1%, para créditos
personales está en torno al 3%, según
se pacte con la entidad financiera.
Porcentaje
que se aplica sobre el capital pendiente
en caso de que el prestatario cambie
de entidad acreedora para mejorar las
condiciones en otro banco.
División de
un inmueble en varias fincas registrales
independientes, a las que se le asigna
un coeficiente de copropiedad o participación
del total del inmueble. Se inscribe
en el Registro de la Propiedad.
Documento
expedido por un notario en el que figuran
las condiciones establecidas entre las
partes. Para que tenga validez jurídica
ha de inscribirse en el Registro de
la Propiedad.
Indice de
referencia oficial. Se define como la
media simple de los tipos de interés
diarios, aplicados para las operaciones
cruzadas al plazo de un año en el mercado
de depósitos interbancarios de la zona
de la Unión Monetaria, entre las 64
entidades financieras con mayor nivel
de negocio.
Patrimonio
del deudor que comprende todos sus bienes
presentes y futuros. Sirve de garantía
para el cumplimiento de cualquier obligación.
Existe la posibilidad de que responda
con sus bienes una tercera persona que
no sea el deudor.
Son los producidos
por la tramitación y gestión en Notaria,
Registro de la Propiedad y Administración
de Hacienda. Son efectuados por profesionales
de la entidad que concede la hipoteca.
Son los gastos
que se derivan de los trámites de la
escritura, de la liquidación de impuestos
y de las gestiones que se llevan a cabo
en el Registro de la Propiedad.
Derecho real
que se constituye en garantía del cumplimiento
de unas obligaciones contraidas con
un tercero (préstamos, letras). Junto
al pago del principal, garantiza el
cobro de los intereses ordinarios, moratorios,
costas y gastos derivados de la eventual
reclamación judicial en caso de incumplimiento
en el pago.
Este impuesto
grava las escrituras de constitución
de los préstamos hipotecarios y de la
cancelación de los mismos. Debe pagarse
por el hecho de formalizar la escritura
pública. Actualmente, el tipo de gravamen
aplicable es el 0.5% del valor de la
garantía hipotecaria y lo paga el comprador
a Hacienda en el momento de la adquisición.
Interés adicional
que se cobra sobre las cuotas
impagadas de un préstamo. Se calcula
en función de los días de retraso en
el pago, son pactados a priori
por la entidad financiera y el cliente.
Lo componen
los valores del mercado hipotecario
o financiero empleados para revisar
los tipos de interés de los préstamos
a tipo variable. El Banco de España
se encarga de establecer los índices
de referencia oficiales.
Existen diversos índices: el CECA, el
de la deuda pública, el Mibor, el IRPH
de los Bancos, el IRPH de las Cajas
y el IRPH del conjunto de entidades
financieras.
El tipo de
interés nominal permanece invariable
a lo largo de la vida del préstamo con
independencia de las variaciones del
mercado hipotecario. Permite asegurar
que aunque varíen los tipos de interés,
no cambiarán las condiciones de su préstamo,
y pagará siempre lo mismo.
Se fija en
relación con un índice de referencia,
que evoluciona al alza o a la baja según
las oscilaciones del mercado, al que
se suma un margen o diferencial, estableciéndose
una revisión periódica de actualización
del índice. En esta modalidad, el tipo
de interés se revisa semestralmente,
de modo que la cuota mensual se ajusta
a las tendencias del mercado. En este
caso, el plazo de su préstamo se mantendrá
siempre fijo, variando periódicamente
las cuotas mensuales.
El notario
da fe pública de la escritura, es decir,
certifica la operación y podrá ser elegido
libremente por el solicitante de entre
los que operen en la plaza
Es el periodo
establecido en el préstamo para su total
devolución. Debe tener en cuenta que
el plazo más adecuado para usted debe
ser aquel que le permita pagar las cuotas
cómodamente. Por tanto, la elección
del plazo de amortización deberá hacerla
siempre en función de su capacidad de
reembolso.
Es una operación
financiera por la cual se permite acceder
a la vivienda que usted desea pudiendo
obtener unos importes de financiación
superiores, a unos tipos de interés
bastante más reducidos que los concedidos
en otro tipo de préstamos en los que
el inmueble no queda hipotecado como
garantía del pago de la operación tal
y como ocurre en este tipo de préstamos.
Se formaliza en documento público y
sus derechos se constituyen con la inscripción
en el Registro de la Propiedad.
Persona titular
de un préstamo, que asume todas las
obligaciones y adquiere todos los derechos
del contrato que firma con la entidad
financiera prestamista.
Son los gastos
generados al inscribirse la hipoteca
en el Registro de la Propiedad. Estos
gastos serán por cuenta del prestatario.
La base imponible es la "responsabilidad
hipotecaria" y también se aplica una
tarifa porcentual establecida legalmente
sobre esta base. A esto se añaden los
aranceles registrales devengados por
el asiento de presentación y las notas
marginales.
Oficina pública
que tiene por función llevar los libros
oficiales en los que consten todas las
circunstancias que afectan a las fincas
de la demarcación correspondiente a
dicho Registro. Estas circunstancias
son las relativas a la propiedad: cargas,
transmisiones, notas marginales, etc.
Es la suma
de todos los conceptos que son garantizados
mediante la hipoteca( el capital prestado,
los intereses normales y los intereses
de demora, costas judiciales, gastos,
etc.). Sobre esta cantidad es sobre
la que se calculan los gastos de formalización
y cancelación de una hipoteca.
No es obligatoria
su contratación pero es conveniente
contratarlo siempre que se formalice
un préstamo hipotecario. Este producto
está especialmente diseñado para los
titulares de préstamos hipotecarios,
y garantiza la amortización del préstamo
en caso de muerte o invalidez del titular
o los titulares.
Según la legislación
actual, es obligatoria la contratación
de un Seguro contra Incendios sobre
la vivienda objeto del préstamo. Por
ello, en el momento de obtener su crédito
hipotecario, se le facilita su Seguro
de Incendios a la medida. Así se encontrará
cubierto en los supuestos de: incendio,
rayo, explosión, desescombro, medidas
adoptadas por la autoridad, riesgos
extraordinarios y catastróficos consorciables,
etc.
Es el coste
efectivo anual del préstamo. Tiene en
cuenta no sólo el tipo de interés inicial
sino también sus posibles revisiones,
el plazo de amortización y las comisiones
ligadas a la operación. En definitiva,
es el tipo de interés real que usted
pagará en su préstamo.
El tipo de
interés nominal es la expresión porcentual
de la rentabilidad de un instrumento
financiero en relación a su precio.
Descontando el efecto de la tasa de
inflación esperada durante la vida del
mismo, se obtiene el tipo de interés
real.
Comprobación
de la situación de la finca en el Registro
de la Propiedad. Se puede hacer a través
del examen directo de los libros, de
nota simple informativa, de una certificación
del Registrador.
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